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Programa de cumplimiento

Introducción

GE HealthCare tiene un programa de cumplimiento integral en consonancia con la Guía del programa de cumplimiento para fabricantes farmacéuticos de la Oficina del Inspector General del Departamento de Salud y Servicios Humanos (HHS-OIG) de los Estados Unidos (Guía de la OIG), así como los códigos de conducta aplicables de la industria para nuestros dos segmentos de negocios: dispositivos médicos y diagnósticos farmacéuticos.
 

GE HealthCare ha implementado un programa de cumplimiento debidamente personalizado que incluye un marco integral de controles de cumplimiento con auditorías y monitoreo de rutina para abordar los riesgos de ética comercial en todos nuestros segmentos de negocios. Nuestro programa de cumplimiento representa nuestro compromiso con los más altos estándares de conducta e integridad corporativa. El comité de auditoría de la junta directiva de GE HealthCare, en coordinación con nuestro jefe de Cumplimiento, tiene la responsabilidad de ocuparse de los problemas de ética comercial. GE HealthCare también proporciona a supervisores de personal capacitación y recursos adicionales para administrar la ética comercial.
 

La siguiente es una descripción general de los elementos fundamentales de nuestro programa de cumplimiento.
 

I. Organización de Cumplimiento
El programa de cumplimiento de GE HealthCare refleja nuestro compromiso general con las leyes federales y estatales de EE. UU., incluidos los elementos implementados específicamente para cumplir con la ley de California. La organización de Cumplimiento de GE HealthCare está compuesta por jefe de Cumplimiento que dirige un equipo de profesionales de cumplimiento (el “Departamento de Cumplimiento”). El jefe de Cumplimiento es responsable de desarrollar, operar y supervisar el programa de cumplimiento e inspeccionar la gobernanza de dicho programa. El jefe de Cumplimiento de GE HealthCare está facultado con la autoridad adecuada para ejercer un criterio independiente y tiene acceso al liderazgo sénior de GE HealthCare. El jefe de Cumplimiento cuenta con el apoyo de un equipo de profesionales de cumplimiento para implementar el programa de cumplimiento para GE HealthCare. El equipo se reporta al principal asesor de Cumplimiento de GE HealthCare y se reúne regularmente con él. El Departamento de Cumplimiento revisa y modifica las políticas y los procedimientos de GE HealthCare a medida que cambian el negocio y la industria. El Departamento de Cumplimiento tiene la autoridad de recomendar y efectuar cambios dentro de GE HealthCare, según sea necesario.
 

II. Políticas y procedimientos
El programa de cumplimiento de GE HealthCare incluye un Código de ética e integridad, “The Spirit and The Letter” (Política del espíritu y la letra), “The Global Interactions Policy (GIP) – GE HealthCare global policy on interactions with Healthcare Professionals, Healthcare Institutions, Government Officials and Government Institutions“ (La Política de interacciones globales [GIP]: política global de GE HealthCare sobre las interacciones con profesionales de la salud, instituciones de salud, funcionarios gubernamentales e instituciones gubernamentales) (anteriormente, “The Lens Policy” [La Política Lens]), así como otras políticas y procedimientos. La gestión de la promoción ética de marketing se incluye en la GIP y el programa de monitoreo.


El Programa de Cumplimiento aborda las disposiciones aplicables de las leyes y regulaciones federales y estatales de EE. UU. GE HealthCare certifica anualmente la adopción del “Código de Ética sobre interacciones con profesionales de la salud” de AdvaMed y cumple con el “Código sobre interacciones con profesionales de la salud” de PhRMA, corresponda y sea pertinente para nuestros segmentos de negocio. GE HealthCare también ha establecido un límite total anual en dólares para artículos de valor (incluidas comidas) y actividades que GE HealthCare puede proporcionar a un profesional de la salud con licencia de California de acuerdo con la sección 119402 del Código de Salud y Seguridad de California. GE HealthCare puede revisar periódicamente el límite anual.


GE HealthCare tiene un programa integral anual de evaluación de riesgos de cumplimiento que se centra en los riesgos y la ética específicos de la atención médica.


Consulte el código de conducta de GE HealthCare, “The Spirit and The Letter” (El espíritu y la letra), en los siguientes idiomas:


INGLÉS
ÁRABE
PORTUGUÉS BRASILEÑO
CHINO
FINÉS
FRANCÉS
ALEMÁN
INDONESIO
ITALIANO
JAPONÉS
COREANO
NORWEIGAN
POLACO
RUSO
ESPAÑOL
TAILANDÉS
TURCO
VIETNAMITA



III. Capacitación y educación eficaces
La capacitación y la educación de todos nuestros colegas sobre sus obligaciones legales y éticas en virtud de las leyes aplicables de atención médica y las políticas y el Código de ética e integridad de GE HealthCare son componentes fundamentales de nuestro programa de cumplimiento. Para todos los colegas de GE HealthCare pertinentes, el programa de capacitación consta de capacitación obligatoria y educación sobre las leyes de salud aplicables y nuestras políticas y procedimientos, con cursos de actualización anuales a través de módulos de aprendizaje en línea. El programa de capacitación está diseñado para proporcionar a los colegas el conocimiento suficiente de las políticas de cumplimiento pertinentes y, por lo general, incluye preguntas para evaluar la comprensión de los colegas sobre las políticas y los conceptos. GE HealthCare también revisa y actualiza periódicamente sus programas de capacitación para identificar las posibles nuevas áreas de capacitación y para garantizar que el programa se alinee con las políticas de cumplimiento de GE HealthCare.
 

IV. Líneas efectivas de comunicación y canales para denunciar conductas erróneas
 

Una característica distintiva del programa de cumplimiento de GE HealthCare es su firme compromiso con un entorno de denuncia abierto, dinámico, ampliamente difundido y eficaz. Los empleados siguen siendo la primera y mejor línea de defensa de GE HealthCare en la detección temprana de posibles problemas de cumplimiento. GE HealthCare ha creado y mantiene una línea de comunicación abierta entre el Departamento de Cumplimiento y todos los empleados. GE HealthCare espera que los empleados, agentes y proveedores que hacen negocios con la empresa informen inquietudes sobre posibles conductas inapropiadas, posibles conflictos o violaciones conocidas de las políticas y/o procedimientos de la empresa a sus supervisores, gerentes o al Departamento de Cumplimiento. Los empleados de GE HealthCare pueden comunicarse directamente con el Departamento de Cumplimiento a través de correo electrónico, correo postal, teléfono o mediante contacto o reunión en persona. Para consultas relacionadas con el Programa de Cumplimiento de GE HealthCare, llame al 1-800-437-1171 opción 6.

 

GE HealthCare también estableció un sistema para recibir quejas o para que los empleados busquen información o asesoramiento sobre preguntas a través de una línea directa relativa a cumplimiento. Las quejas y preguntas se pueden enviar de forma anónima. También alentamos a nuestros empleados, directores y agentes a hacer preguntas sobre cualquier actividad sobre la que tengan dudas en relación con una posible violación o aplicación de nuestro Programa de Cumplimiento. Las preguntas pueden plantearse a través de cualquiera de los canales establecidos descritos anteriormente. GE HealthCare también ha adoptado procedimientos para proteger el anonimato de aquellos que plantean posibles inquietudes y para proteger a los denunciantes de las represalias. La empresa no permite actos de represalias ni retribución contra un empleado o funcionario que de buena fe denuncie una violación o aplicación potencial, sospechosa, planificada o real de las políticas de cumplimiento de GE HealthCare y dichas acciones se manejarán de manera adecuada.
 

Directiva europea relativa a denunciantes: GE HealthCare se compromete a cumplir con los requisitos de la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo del 23 de octubre de 2019, según lo transpuesto en las leyes locales, y proporciona canales de denuncia para que denunciantes internos y externos puedan denunciar posibles infracciones de cumplimiento, que incluyen los estándares apropiados de protección para las personas que plantean inquietudes. Para presentar una inquietud, visite el sitio web de denuncias abiertas de GE HealthCare.
 

 

V. Supervisión y auditoría
El Departamento de Cumplimiento y Auditoría Interna de GE HealthCare tiene la responsabilidad de desarrollar un plan para auditar y supervisar el cumplimiento y los riesgos de ética empresarial con las políticas de cumplimiento de la empresa. A través de estas auditorías, el Departamento de Cumplimiento puede identificar las áreas de preocupación potenciales o existentes y las posibles mejoras del programa, que incluyen tomar medidas correctivas con el propósito de evitar la recurrencia del incumplimiento, según sea necesario. La naturaleza de estas auditorías y revisiones, el alcance de las auditorías y la frecuencia con la que el Departamento de Cumplimiento y la Auditoría interna realizan dichas auditorías varían debido a una diversidad de factores, incluidos los nuevos requisitos regulatorios, los cambios en las prácticas de la empresa y otras consideraciones relevantes.
 

VI. Aplicar los estándares a través de directrices disciplinarias ampliamente difundidas
El código de conducta de GE HealthCare, “The Spirit and The Letter” (El espíritu y la letra), notifica a los colegas, incluidos la gerencia y los agentes, acerca de que el incumplimiento de las políticas y las leyes tendrá consecuencias disciplinarias, incluido el despido.
 

VII. Investigación y respuesta a potenciales violaciones e implementación de iniciativas de acción correctiva
El Departamento de Cumplimiento de GE HealthCare investiga a fondo todas las denuncias de incumplimiento y/o alegaciones y casos sospechosos de mala conducta que se le presentan al Departamento de Cumplimiento.
 

El Departamento de Cumplimiento supervisa la implementación de medidas correctivas en respuesta a los hallazgos de incumplimiento, como la recapacitación, el aumento del monitoreo y las medidas disciplinarias.
 

Declaración anual de cumplimiento de GE HealthCare para fines del Código de Salud y Seguridad de California §§ 11940-119402
 

De acuerdo con las secciones 119400 y 119402 del Código de Salud y Seguridad de California, GE HealthCare ha adoptado un programa de cumplimiento según lo exige la ley de California que cumple con la Guía de la OIG, de acuerdo con las pautas del Código PhRMA/Código AdvaMed, e incluye un límite anual para ciertos artículos y actividades que se entregan a los profesionales de la salud cubiertos por esta ley de California. A partir de la fecha de la declaración, GE HealthCare cree que cumple con las políticas de cumplimiento de la empresa y los requisitos de California en todos los aspectos materiales.
 

De acuerdo con el conocimiento de GE HealthCare sobre el estatuto de California, esta declaración se limita a aquellas actividades llevadas a cabo por GE HealthCare que están dirigidas a California.
 


Enlaces relacionados
 

Código AdvaMed
Código PhRMA


Informes de transparencia

GE HealthCare suministra tecnologías médicas y servicios que ayudan a forjar una nueva era en el mundo del cuidado de los pacientes. Para ayudar a proporcionar estas tecnologías y servicios, GE HealthCare colabora con profesionales de la salud e instituciones de varias maneras, incluida la colaboración en investigación, desarrollo de productos y pruebas de productos, capacitación de profesionales de la salud sobre el uso seguro y efectivo de tecnologías médicas, y prestación de servicios y asistencia técnica sobre tecnologías médicas.
 

La Ley Sunshine de Pagos a los Médicos (“Ley Sunshine”) exige que los fabricantes de dispositivos médicos y productos farmacéuticos realicen un seguimiento e informen anualmente los pagos o las transferencias de valor realizadas a médicos con licencia en EE. UU., asistentes de médicos, especialistas en enfermería clínica, enfermeros anestesistas registrados certificados, enfermeros obstetras certificados, enfermeros practicantes u hospitales de enseñanza (“Beneficiarios cubiertos”). Se pueden informar muchas formas de pago o transferencia de valor, incluidas las comidas proporcionadas a los Beneficiarios cubiertos, así como los pagos por servicios prestados por Beneficiarios cubiertos, como contratos de consultoría, acuerdos de investigación, subvenciones educativas y gastos de viaje.
 

La Ley Sunshine es administrada por el Centro de Servicios de Medicare y Medicaid (CMS). El CMS publica anualmente la información declarada por los fabricantes en su sitio web de Open Payments, https://www.cms.gov/OpenPayments, el 30 de junio de cada año.
 

Algunos estados de EE. UU. también tienen requisitos de divulgación de transparencia.
 

GE HealthCare revela todos los pagos requeridos realizados a profesionales de la salud. Si tiene alguna consulta o pregunta sobre los informes de transparencia, comuníquese con el equipo de Transparencia de GE HealthCare a transparency.reporting@ge.com.


Anticorrupción

GE HealthCare es líder en transparencia e integridad en el mercado global de la salud. Nuestra política contra pagos indebidos en transacciones comerciales es un elemento clave de nuestro Código de Ética e Integridad, (The Spirit & The Letter [El espíritu y la letra]), y representa una creencia fundamental en cómo hacemos negocios.
 

El enfoque de GE HealthCare sobre el cumplimiento anticorrupción incluye:

  • Políticas y procedimientos corporativos que prohíben los pagos indebidos en cada transacción, ya sea con un gobierno o con una parte privada
  • Controles extensos, que incluyen debida diligencia exhaustiva, monitoreo cuidadoso y capacitación sobre las políticas de GE HealthCare para intermediarios externos, tales como distribuidores, proveedores de servicios y agentes y representantes comerciales
  • Mayor atención a las áreas de riesgo clave, como regalos y entretenimiento, gastos de viaje y de vida, donaciones y pagos facilitadores
  • Pronta investigación y remediación de cualquier inquietud
  • Amplia capacitación de los colegas de GE HealthCare sobre pagos indebidos
  • Controles internos sólidos y procesos de contabilidad diseñados para detectar y prevenir violaciones de la política de la empresa relacionadas con los riesgos de pagos indebidos y para garantizar la precisión de libros contables y registros relacionados con las transacciones
  • Debida diligencia ampliada con respecto al riesgo indebido asociado con fusiones, adquisiciones y empresas conjuntas
  • Uso estratégico de la auditoría interna para identificar y evaluar posibles pagos indebidos
     

La importancia de un fuerte cumplimiento anticorrupción
Se está prestando mayor atención a la efectividad de los programas de cumplimiento corporativo en la prevención de pagos indebidos. El Departamento de Justicia y la Comisión de Bolsa y Valores de EE. UU. (SEC) han emitido una guía de recursos sobre la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero (FCPA) de EE. UU. que respalda un programa de cumplimiento sólido. La Ley contra el Soborno del Reino Unido y las Directrices de Sentencias de los Estados Unidos también ponen de relieve la necesidad de un programa sólido. Como parte del programa de cumplimiento de GE HealthCare, operar con un programa sólido anticorrupción es esencial para la forma en que hacemos negocios.


Política de privacidad de la información biométrica de GE HealthCare

 

De acuerdo con la Ley de privacidad Biométrica de Illinois, 740 ILCS 14/1 y siguientes (“Ley de Privacidad”), esta Política de privacidad de la información biométrica de GE HealthCare (la “Política”) establece la política y los procedimientos de GE HealthCare para la recopilación, el uso, la protección, el almacenamiento, la retención y la destrucción de datos biométricos (como se define a continuación).

 

Definiciones



Como se utilizan en esta Política, los datos biométricos incluyen “identificadores biométricos” e “información biométrica”, según se define en la Ley de Privacidad.



Un “identificador biométrico” se refiere a una exploración de retina o iris, huella digital, impresión de voz o exploración de geometría de mano o cara. Los identificadores biométricos no incluyen muestras de escritura, firmas escritas, fotografías, muestras biológicas humanas utilizadas para pruebas o exámenes científicos válidos, datos demográficos, descripciones de tatuajes o descripciones de médicos como altura, peso, color de cabello o color de ojos. Los identificadores biométricos no incluyen información capturada de un paciente en un entorno de atención médica o información recopilada, utilizada o almacenada para el tratamiento de la atención médica, el pago o las operaciones según la Ley de Transferencia y Responsabilidad de Seguro Médico federal de 1996.



“Información biométrica” significa cualquier información, independientemente de cómo se capture, convierta, almacene o comparta, basada en un identificador biométrico de una persona que se utilice para identificar a esa persona. La información biométrica no incluye información derivada de elementos o procedimientos excluidos según la definición de identificadores biométricos.

 

Propósito de GE HealthCare para la recolección de datos biométricos
GE HealthCare y/o sus proveedores recopilan, utilizan y pueden almacenar datos biométricos con el propósito de identificar la firma electrónica de un empleado. En caso de que GE HealthCare comience a recopilar información biométrica para cualquier fin adicional, GE HealthCare actualizará esta Política.

 

Divulgación y autorización

En la medida en que GE HealthCare y/o sus proveedores recopilen, capturen u obtengan de otro modo datos biométricos relacionados con un empleado, GE HealthCare:

  1. Informará al empleado por escrito acerca de la recopilación, el almacenamiento y el uso de estos datos biométricos.
  2. Informará al empleado sobre el propósito específico el cuál se recopilarán, almacenarán y utilizarán los datos biométricos y sobre cuánto tiempo lo hará.
  3. Recibirá una autorización por escrito firmada por el empleado que autoriza a GE HealthCare y/o sus proveedores a recopilar, almacenar y utilizar los datos biométricos del empleado para los fines específicos que GE HealthCare divulga, y para que GE HealthCare proporcione dichos datos biométricos a sus proveedores.
  4. No revelará, divulgará ni difundirá de otra manera los datos biométricos de un empleado, a menos que:
    1. el empleado o su representante legalmente autorizado consientan dicha divulgación o redivulgación;
    2. la divulgación o redivulgación complete una transacción financiera solicitada o autorizada por el empleado o su representante legalmente autorizado;
    3. la divulgación o redivulgación sea requerida por una ley estatal o federal u ordenanza municipal; o
    4. la divulgación sea necesaria de conformidad con una orden o citación válida emitida por un tribunal de jurisdicción competente.

 

Programa de retención

GE HealthCare conservará los datos biométricos de los empleados y solicitará a sus proveedores destruir dichos datos de manera permanente, en cuanto se cumpla la primera de las siguientes condiciones:

  1. Se haya cumplido el propósito inicial de recopilar u obtener dichos datos biométricos (p. ej., el empleado ya no utiliza Nymi Band).
  2. En el transcurso de los tres (3) años posteriores a la finalización del empleo del empleado en GE HealthCare.

 

Almacenamiento, transmisión y protección de datos
GE HealthCare almacenará, transmitirá y protegerá los datos biométricos mediante un tratamiento estándar razonable. Dicho almacenamiento, transmisión y protección contra la divulgación se realizará de una manera que sea igual o más protectora que la manera en que GE HealthCare almacena, transmite y protege otra información confidencial y sensible. Ni GE HealthCare ni su proveedor venderán, arrendarán ni intercambiarán datos biométricos que reciba de sus colegas.


Archivos legibles por máquina sobre Transparencia en la Cobertura de GE HealthCare

De acuerdo con la Ley de Atención Asequible y la Ley de Asignaciones Consolidadas de 2021, parte 49, GE HealthCare debe divulgar las tarifas de proveedores de planes de salud grupales dentro de la red por artículos y servicios cubiertos, las cantidades permitidas fuera de la red y los cargos facturados por artículos y servicios cubiertos y las tasas negociadas y los precios netos históricos para medicamentos recetados cubiertos en un sitio web público mediante archivos legibles con máquinas. Los Departamentos de Salud y Servicios Humanos, de Trabajo y del Tesoro de los Estados Unidos prevén que los desarrolladores de terceros y otras entidades descarguen, procesen y compilen estos datos, creando herramientas de transparencia de precios más avanzadas que ayudarán a los consumidores a comparar planes y proveedores, así como a proporcionar información pública más amplia sobre los patrones en los costos de atención médica y generar oportunidades de innovación. Esta información pública está disponible a continuación.



Enlaces relacionados
 

Aetna, https://health1.aetna.com/app/public/#/one/insurerCode=AETNACVS_I&brandCode=ALICSI/machine-readable-transparency-in-coverage?reportingEntityType=Third%20Party%20Administrator_115991321&lock=true
 

Credence Blue Cross Blue Shield, https://www.credenceblue.com/web/public/cb-portal/tcr Se le pedirá que ingrese el número de identificación del empleador de GE HealthCare, que es 88-2515116.
 

Centivo, https://files.centivo.com/GEHC1
 

Hawaii Medical Service Association, https://www.hmsa.com/help-center/transparency-in-coverage-machine-readable-files/
 

United Health Care, https://transparency-in-coverage.uhc.com Use la función Control + F para buscar “GE-HealthCare-Technologies-Inc”.

JB07901US January 2026